Con la progresiva vuelta a la normalidad, la Inspección de Trabajo está volviendo a la carga, centrándose sobre todo, en aquellas empresas que han solicitado un ERTE
Según datos del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (mayo 2020) la figura del ERTE, una de las primeras medidas adoptadas por el Gobierno para paliar los efectos de la crisis sanitaria, ha sido solicitada por más de 560.000 empresas, y ha afectado a casi 4 millones de trabajadores.
Desde el Ministerio, señalan que la Inspección de Trabajo está actuando de oficio, centrándose en “primar la evaluación de los ERTEs, comprobando que se hayan cumplido todas las condiciones«, buscando principalmente que los datos proporcionados por la actividad en relación a los ERTES autorizados y concedidos sean reales, relacionadas con la crisis del COVID-19
Pero no están inspeccionando exclusivamente los ERTES, no podemos olvidarnos del control horario, o de las medidas de higiene y seguridad establecidas por el Gobierno, que también son objeto de inspección.
Ahora bien, ¿Que buscan los inspectores? ¿Qué quieren saber?
Las actuaciones inspectoras que hasta el momento se han recibido muestran que los inspectores quieren comprobar la concordancia de los datos, por ello, directamente se dirigen a los empleados, algunas de las preguntas que formulan son:
- Comprobación de datos de las personas: nombre, dni, ctc.
- ¿Ha estado usted en ERTE?
- ¿En qué fechas ha estado usted en ERTE?
- ¿Cuándo ha vuelto?
La finalidad es comprobar, «que la persona que está en ERTE no está trabajando, y que la persona que está trabajando no está en ERTE”
Al empresario le formulan unas preguntas similares, además de solicitarle la documentación referente al ERTE, para comprobar que todos los datos comunicados son correctos.
La no coincidencia de los datos, o algún error en los mismos, podría llevar al pago de las cotizaciones bonificadas de algún trabajador, a la pérdida de las exoneraciones de seguros sociales de todos los trabajadores del ERTE…
No hay que olvidar que la Administración tiene hasta cuatro años para revisar el cumplimiento o no de las condiciones de los ERTEs,
Fuente: Autónomos y emprendedores