Durante los últimos meses del año, nos enfrentamos a continuas llamadas y a emails masivos, donde nos informan de la OBLIGATORIEDAD de realizar ciertos cursos para nuestros trabajadores, lo cuales, si no tenemos nos enfrentamos a graves sanciones económicas.
Desde CHEDALAN, queremos ayudaros a aclarar las dudas que nos surgen tras este tipo de publicidad engañosa. Es importante saber, que hay cursos obligatorios y cursos que no lo son. También depende del sector en el que nos encontremos, por ejemplo, hay cursos que son obligatorios para la construcción, pero no para el sector hostelero.
Nuestra recomendación es pedir siempre una segunda opinión, contactar con entidades de formación con amplia experiencia, que puedan informarte objetivamente de los cursos que son obligatorios para tu empresa.
Vamos a detallaros algunos ejemplos de los cursos “más ofertados”
MANIPULADOR DE ALIMENTOS. La normativa actual recoge de forma clara las sanciones pertinentes en caso de no cumplir con los requisitos de formación mínima contemplados en el reglamento. Y es que, además de exigir una formación específica para poder manipular alimentos de forma segura, esta formación debe poder ser acreditada: o sea demostrada, con algún tipo de certificado emitido por una entidad formativa capacitada para impartir dicha formación.
Ahora bien, ¿para qué empresas es obligatoria esta formación? Para todas aquellas empresas en las que sus trabajadores manipulan alimentos que van a ser consumidos fuera del ámbito doméstico. Esto es muy importante para minimizar los riesgos para los consumidores en cuanto a la preservación de las características organolépticas de los alimentos y, más importante todavía, que no supongan un riesgo para la salud de sus consumidores, por ejemplo: bares, restaurantes, comedores de colegios, hospitales, tiendas de alimentación, industrias alimentarias…
ALERGENOS E INTOLERANCIAS ALIMENTARIAS. En este caso la normativa exige Informar al consumidor de los ingredientes de la comida que sirvo, elaboro, manipulo, etc. que pueden producir alergia o intolerancia alimentaria. En concreto, el reglamento habla de 14 alérgenos sobre los que hay obligación de informar. Pero, ¿es obligatorio formarse? Pues no es obligatorio, pero SÍ NECESARIO, en todos los casos y para todos los manipuladores de alimentos. Todos los trabajadores/as del establecimiento deben conocer las enfermedades, sus riesgos, la ley, sus obligaciones y los métodos de mantener bajo un riguroso control los ingredientes de cada plato.
Y al igual que en la formación de manipulador de alimentos, es recomendable que tengan la formación empresas como: bares, restaurantes, comedores de colegios, hospitales, tiendas de alimentación, industrias alimentarias…
PREVENCIÓN DE LEGIONELLA. Os ponemos en antecedentes: Son instalaciones con riesgo de transmitir la legionelósis todas aquellas que acumulen agua y puedan formar aerosoles (agua pulverizada en gotas muy finas).
Por lo tanto el curso será necesario para los mantenedores de hoteles, residencias, centros comerciales, gimnasios, recintos deportivos, spas, balnearios, y locales de usos similares, donde de manera habitual se encuentran instalaciones de agua caliente sanitaria con acumulación, bañeras de hidromasaje, piscinas, …, siempre que estos intervengan en el mantenimiento higiénico sanitario.
Deberán realizar, así mismo el curso los mantenedores de instalaciones frigoríficas o de aire acondicionado que intervengan en el mantenimiento higiénico sanitario de torres de refrigeración y condensadores evaporativos.
TARJETA PROFESIONAL DE LA CONSTRUCCIÓN. La TPC es un documento que acredita la experiencia, cualificación profesional y la formación que un trabajador ha recibido en materia de Prevención de Riesgos. A partir del 1 de enero del 2012, todos los trabajadores del sector de la construcción deberán tenerla obligatoriamente, en este sector, la normativa es muy clara y específica, tenemos formación de 20 horas y de 6 horas (por oficios). Todos los trabajadores deben tener al menos un curso de 20 horas.
Ahora bien, ¡mucho cuidado con las ofertas engañosas! La formación en TPC es siempre 100% presencial*, por eso, desconfía cuando te ofrezcan cursos online, cuando te digan que no es necesario ir a clase todas las horas, o cuando te digan que con firmar la documentación es suficiente, en ningún caso la formación será VÁLIDA.
Esto, está estipulado en el Convenio General del Sector de la Construcción, y además, para que un título de formación sea válido para obtener la TPC debe ser impartido por técnicos de prevención de riesgos laborales. Estos deben estar inscritos en el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo (INSHT) o bien ser impartido por un servicio de prevención ajeno acreditado. Además, cada curso tiene un código expedido por la FUNDACIÓN LABORAL DE LA CONSTRUCCIÓN, sin el cual, el curso no es válido.
*Los cursos de 20h y 6h del convenio construcción, metal, madera y vidrio son cursos que deben impartirse en la modalidad presencial. Exceptuando los siguientes:
Nivel básico de prevención en la construcción: 60h= 40h online + 20h presenciales
Personal directivo de empresa: 10h online
Estos son algunos ejemplos de los cursos más demandados, en CHEDALAN podemos ayudarte a solucionar tus dudas, asesorándote sobre cuál es la formación necesaria para tus trabajadores. Además gestionamos la bonificación de la formación para que el coste sea el mínimo para tu empresa.
¡Y recuerda!